A la cárcel torturadores de la dictadura stronista
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La agente fiscal asignada a la Unidad Penal N° 2 Especializada en Hechos Punibles contra los Derechos Humanos, Liliana Zayas Guggiari, formuló imputación contra los supuestos autores de hechos punibles de tortura que fueron cometidos en la época del dictador Alfredo Stroessner (1954-1989).
Ellos son: Nicolás Lucilo BenÃtez Santacruz (79), Camilo Almada Morel (75), Juan Aniceto MartÃnez (65), Eusebio Torres Romero (81), AgustÃn Belotto Vouga (84), Manuel Crescencio Alcaraz (74), Obdulio Argüello BrÃtez (77), Mario Flores Cáceres (64), Felipe Nery SaldÃvar (87), Fortunato Lorenzo Laspina (72).
CASO. Según los antecedentes, los hechos fueron cometidos entre los años 1976 y 1978 en el entonces Departamento de Investigaciones de la capital, lugar donde los más arriba individualizados cumplÃan funciones. Resultó vÃctima el señor Domingo Guzmán Rolón Centurión, a quien sometieron a todo tipo de sufrimientos fÃsicos y mentales.
Teniendo en cuenta la supuesta participación en calidad de autores en la comisión del hecho punible de tortura, tipificado en el artÃculo 309 inciso 1° e inciso 3° numeral 1) en concordancia con el Art. 29 del Código Penal, conforme a los elementos de sospecha que se poseen y teniendo en consideración el Cuaderno de Investigación Fiscal, la representante del Ministerio Público requirió al Juzgado Penal de GarantÃas la notificación correspondiente a los imputados y la aplicación de medidas cautelares como la prisión preventiva.
EDAD. Sin embargo, de conformidad al artÃculo 238 CPP, existen limitaciones en cuanto a la aplicación de la prisión preventiva como medida cautelar respecto de las personas mayores de setenta años.
En ese sentido, la representación pública consideró la aplicación del arresto domiciliario, bajo control aleatorio de la PolicÃa Nacional, dando cumplimiento al Art. 238 in fine del CPP para Nicolás Lucilo BenÃtez Santacruz, Camilo Almada Morel, Eusebio Torres Romero, AgustÃn Belotto Vouga, Manuel Crescencio Alcaraz, Obdulio Argüello BrÃtez, Felipe Nery SaldÃvar y Fortunato Lorenzo Laspina.
Respecto a Mario Flores Cáceres y Juan Aniceto MartÃnez Amarilla, la representación pública ha ordenado la detención y la aplicación de prisión preventiva para los imputados individualizados, a ser cumplida en el lugar penitenciario que el Juzgado Penal de GarantÃas, a cargo de Paublino Escobar, considere conveniente.
Todas las personas imputadas comparecieron en sede del Ministerio Público a los efectos de ejercer su medio de defensa en declaración indagatoria, en ejercicio de sus derechos constitucionales, asistidas por un defensor de su confianza.
La imputación de los mismos se dio a conocer en coincidencia con el DÃa Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo a las VÃctimas de la Tortura, que se recordó en la vÃspera, 26 de junio.
Según datos del Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura (MNP), aproximadamente el 90% de los detenidos durante la dictadura de Alfredo Stroessner fueron vÃctimas de tortura.
Fuente y foto: ÚH