En defensa de la soberanía energética paraguaya. 50 por ciento de Itaipú nos pertenece

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By Radio TV julio 25, 2019 13:12

En defensa de la soberanía energética paraguaya. 50 por ciento de Itaipú nos pertenece

* Hugo Ruíz Díaz Balbuena

1. UN TRATADO ATENTATORIO A LA NORMATIVA PARAGUAYA Y A LAS INSTITUCIONES DE LA REPÚBLICA

El Acuerdo Mario Abdo Benítez Bolsonaro tiene fecha de 24 de mayo de 2019. Está firmado por el Embajador del Paraguay Hugo Saguier Caballero, en nombre y representación del Estado paraguayo.

Esto indica que la Cancillería tuvo igualmente participación en este acto jurídico internacional.

El Estado queda pues, jurídicamente obligado por este acto que porta el nombre de Acta Bilateral, a ejecutar las obligaciones contraídas en este “acuerdo” internacional. Ello porque está regido por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.

EL SECRETISMO

Hasta el momento de la revelación DEL TEXTO DEL «ACUERDO», Mario Abdo Benítez no manifestó ninguna intención de someterlo al Congreso. Más bien se puede deducir de su conducta y la de la Cancillería, que el objetivo es mantener el “acuerdo” en secreto, de tal forma a garantizar su ejecución y garantizar los derechos brasileros.

Este Acuerdo fue “negociado” en secreto, entre cuatro paredes, sin consultar ni con instituciones públicas ni con la ciudadanía.

Fue concluido sin haber consultado en un tema tan sensible para la soberanía del Paraguay, con ningún equipo negociador.

Toda la experiencia de negociación adquirida entre 2008 y 2009, y que inició la recuperación de la soberanía energética paraguaya, no les interesó para nada.
Habiendo sido negociado en secreto, puede ser considerado como un acto arbitrario, atentatorio a las instituciones del Estado y una ruptura- una más- de la institucionalidad de la República.

Además de atentatorio a la soberanía paraguaya y a las instituciones de la República, es un acuerdo alcanzado por la nulidad absoluta, acorde con la disposición del artículo 46 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.

2. OCULTA INTENCIONALMENTE LA CONQUISTA DE LA SOBERANÍA ENERGÉTICA

El Acuerdo ignora deliberadamente las reivindicaciones conquistadas por Paraguay en la Declaración Lugo- Lula. Mario abdo Benítez y su Embajador, en su afán de someterse al Brasil y defender los intereses brasileros, borran de un plumazo un Acuerdo internacional firmado en 2009, que fue una real conquista de todo el pueblo paraguayo.
Un verdadero atropello a la historia, A LA SOBERANÍA y a la conciencia del pueblo paraguayo por parte de la Cancillería, del Embajador paraguayo en Brasil y de Mario Abdo Benítez.

3. EL ACUERDO Y LA ENTREGA DE LA SOBERANÍA BAJO ROPAJE JURÍDICO- TÉCNICO

Veamos ahora una sola disposición del “ACTA BILATERAL”.

El Punto III del “Acuerdo Abdo Benítez- Bolsonaro” dice así:
“En la prestación de los servicios de electricidad de la Itaipú a las entidades compradoras serán implementados los siguientes procedimientos:
a. Los Directores Técnicos de Itaipú podrán flexibilizar el nivel del reservorio hasta cota 216 sobre el nivel del mar. Esta decisión será comunicada a los Directores Generales y al Consejo de Administración”.

Vale la pena un análisis riguroso.
Lo primero a decir es que la energía potencial que se encuentra en el Embalse de Itaipú, pertenece en un cincuenta por ciento a Paraguay. Es parte esencial de la soberanía energética del Paraguay y del ejercicio de los derechos soberanos.

Lo segundo, jurídicamente, desde el punto de vista del Derecho de los Tratados y del Derecho Internacional, el acto de Mario Abdo Benítez y de su Embajador, constituye una renuncia explícita a la soberanía paraguaya sobre la energía del cincuenta por ciento de la energía del Embalse. Legaliza una usurpación.

4. LA BAJA DE LA COTA NO ES UN PROBLEMA TÉCNICO

Este “acuerdo” y su punto III, consideran la energía del Embalse y su utilización como un simple problema técnico. En realidad, la utilización y la decisión de utilización de la energía del EMBALSE es una cuestión estratégica y es una política de Estado de reivindicación de la soberanía paraguaya sobre el cincuenta por ciento.

5. LEGALIZACIÓN DE UNA USURPACIÓN

En tiempos de crisis, y es una práctica que instaló Brasil ante la pasividad de los responsables paraguayos de Itaipú, utilizó gratuitamente la energía paraguaya.

La práctica de usurpación de nuestra energía practicada por Brasil, ahora con el Acuerdo o Acta Bilateral, queda jurídicamente consagrada, adquiere el estatus de legalidad. MARIO ABDO BENÍTEZ Y SU EMBAJADOR NO REVINDICAN NINGÚN PRECIO JUSTO POR LA ENERGÍA QUE ENTREGAN AL BRASIL.

6. EL DIRECTOR TÉCNICO PARAGUAYO NO TIENE COMPETENCIAS PARA DECIDIR POLÍTICAS DEL ESTADO PARAGUAYO

Más grave aún. El “Acuerdo” deja a la apreciación arbitraria de los Directores Técnicos- PARAGUAYO Y BRASILERO- decidir una cuestión de POLÍTICA DE ESTADO, como si fuera un problema meramente técnico como ya lo señalamos.

El Director Técnico paraguayo aparece como teniendo competencia para decidir política de Estado en el campo estratégico. Una aberración!.
La decisión unilateral de los Directores Técnicos, de ejecución inmediata; solamente SERÁ COMUNICADA. Mientras tanto, Brasil ya dispondrá y utilizará de la energía paraguaya sin pagar absolutamente nada.

Esta disposición con LENGUAJE JURÍDICO, políticamente es la consagración de la subordinación del Estado paraguayo, del pueblo paraguayo, de la ciudadanía paraguaya, a la política de hecho consumado y practicado largamente por Brasil.

7. MARIO ABDO BENITEZ Y SU GOBIERNO RENUNCIAN A REIVINDICAR UN PRECIO JUSTO POR LA ENERGÍA DEL EMBALSE

En el “Acuerdo” o Acta Bilateral, no aparece ninguna cláusula jurídica de salvaguarda reivindicando el precio justo ante Brasil por la energía utilizada proveniente del Embalse. Para Mario Abdo Benítez, la Cancillería y su Embajador en Brasil, ninguna importancia para el pueblo, para el Estado, para la ciudadanía; que Paraguay reciba un precio compensatorio por la utilización de la energía del Embalse.

8. UN ACTO CONTRARIO A LOS INTERESES DEL ESTADO Y DEL PUEBLO

La reivindicación del Gobierno de Fernando Lugo fue, precisamente, reafirmar los derechos soberanos de Paraguay sobre el cincuenta por ciento de la energía del Embalse.

Y sobre todo, que Brasil pague una tarifa a precio de mercado al Paraguay por la utilización de esa energía.
Mario Abdo Benítez y su Embajador, van en sentido contrario, en dirección opuesta: entregan a Bolsonaro y a Brasil Itaipú.

Este Acuerdo o Acta Bilateral, conjuntamente con sus autores intelectuales y materiales, debe ser objeto de repudio por parte del pueblo paraguayo, humillado una vez más por este acto de entrega de la soberanía nacional.

* Doctor en Derecho Internacional
Profesor de Derecho Internacional
25 de julio 2019

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